sábado, 31 de octubre de 2009

ES NECESARIO UNA A.R.T. PARA ESTE TIPO DE ACTOS???

jueves, 22 de octubre de 2009

ENCUENTRO SOBRE MEDICINA DEL TRABAJO

La Sociedad Argentina de Medicina del Trabajo organiza el primer Encuentro y el segundo Intersindical de Medicina del Trabjo, Higiene y Seguridad, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, en la Academia Nacional de Medicina desde el próximo 29 al 31 de octubre, dirigido a Médicos del Trabajo, Ingenieros y Técnicos en Higiene en Seguridad Laboral, Abogados, Jefes de Recursos Humanos de Empresas y reparticiones, Empresarios, Sindicalistas y toda profesión en relación con la temática a plantear.

Los temas a tratar, entre otros, serán:

-La modificación a la Ley de Riesgos del Trabajo.
-Traumatología.
-Recalificación y reinserción laboral.
-Droga y trabajo.
-Dermatología laboral.
-Otorrinolaringología.
-Agroindustria.
-Trabajo nocturno y rotativo.
-Alimentación en el trabajo.
-Trabajo aeronáutico.
-Toxicología.
-Estrés y pánico.
-Evaluación del ausentismo.
-Evaluación del alta laboral en psiquiatría.
-Moobing.
-Trabajo de la mujer.

Informes: (011) 4753-9300, interno 37.
aamt@amsmy3f.org.ar
jabdon@agea.com.ar

domingo, 18 de octubre de 2009

NUEVAS MEDIDAS PARA REDUCIR LOS ACCIDENTES LABORALES


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), por un lado, obligará a las empresas donde más siniestros ocurren a realizar planes especiales de mejora de las condiciones de trabajo para lograr reducirlos. Y, por otro lado, redefinió las responsabilidades de las empresas empleadoras y las aseguradoras en materia de prevención.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso nuevos ajustes en el funcionamiento de la ley de accidentes laborales. Por un lado, obligará a las empresas donde más siniestros ocurren a realizar planes especiales de mejora de las condiciones de trabajo para lograr reducirlos. Y, por otro lado, redefinió las responsabilidades de las empresas empleadoras y las aseguradoras en materia de prevención.

Con respecto a los planes especiales que buscan la reducción de los siniestros, deberán implementarlos aquellas empresas que tienen 50 o más trabajadores y registren índices de incidencia (cantidad de accidentes por trabajadores asegurados) que superen en más de un 10 por ciento el promedio registrado por las firmas de la misma actividad. Además, los planes serán una obligación para aquellas compañías en las que al menos un trabajador haya fallecido en un año por causas laborales. Cabe destacar que, según el Superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, el 40 por ciento de los accidentes laborales se produce en tan sólo el uno por ciento de las empresas.

Por otra parte, la SRT estableció a través de la resolución 463 que, para la contratación de pólizas de seguro, las ART deberán evaluar, antes de los 90 días hábiles a la firma de un contrato, la “verosimilitud” de los datos que le haya informado la empresa acerca de los factores de riesgo existentes en los lugares de trabajo.

Las exigencias de información y verificación rigen para empresas con más de cinco trabajadores, aunque se pueden expandir a firmas más pequeñas si en el lugar de trabajo existe algún elemento de “riesgo higiénico”, como una sustancia cancerígena.

A su vez, la SRT dictaminó que la empresa, una vez reconocida la presencia de situaciones de riesgo, deberá indicar los plazos en que prevé regularizarse para cumplir con las normas de prevención.

Fuente: http://www.elsalario.com.ar

martes, 13 de octubre de 2009

DIEZ CONSIDERACIONES SOBRE LA PREVENCIÓN

Queremos compartir (en dos entregas) este artículo con la finalidad de estimular en el Médico del Trabajo la formación, basada en la estrategia de la Prevención Primaria en la Salud.

1º Parte


DIEZ CONSIDERACIONES SOBRE LA PREVENCIÓN
DE LOS RIESGOS LABORALES


1. Las condiciones de trabajo dependen de las estrategias empresariales de gestión de la actividad productiva

Las condiciones en que debe realizarse un trabajo no son inamovibles, sino que son la resultante de distintas estrategias relacionadas con la gestión de la actividad productiva. Unas son externas a la propia empresa y se relacionan con la competitividad, los condicionamientos del mercado, o las relaciones comerciales y de subcontratación entre empresas.
Otras, se sitúan en el marco de cada empresa y dependen fundamentalmente de sus propios valores y de sus políticas de gestión (según la normativa vigente creación de Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina del Trabajo de carácter preventivo y asistencial)
En ambos casos, las decisiones de gestión están condicionadas por las relaciones laborales que se establecen entre empresarios y trabajadores –en la propia empresa o a través de sus respectivas organizaciones sectoriales- así como por un determinado marco legislativo que fija las "reglas del juego" y las exigencias mínimas que deben reunir las condiciones de trabajo.
En general, puede decirse que las condiciones de trabajo son un aspecto de la producción de la que es responsable la dirección de la empresa. Sin embargo, dado que el margen de cada empresa para decidir autónomamente sus condiciones de trabajo varía según su posición en el mercado, las empresas que lideran los distintos procesos productivos son las que tienen mayor capacidad para determinar las condiciones de trabajo del conjunto.

2. Las condiciones de trabajo que pueden causar daños a la salud incluyen tanto factores tecnológicos como organizativos y relacionales

Los factores tecnológicos comprenden los lugares, materiales y equipos de trabajo que intervienen en el proceso productivo. Pueden representar un peligro para la salud en sí mismos, por sus propias características o cualidades técnicas.
Los factores organizativos representan la forma en que se rige la interacción entre los procesos tecnológicos y la actividad humana. Abarcan aspectos como la gestión del tiempo de trabajo, la distribución de las tareas, los sistemas de valoración y remuneración o los métodos de trabajo (LEY Nº 19587 / 72: promover la capacitación del personal en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de los riesgos específicos de las tareas asignadas)
Pueden condicionar formas peligrosas de utilización de la tecnología, aunque también pueden generar por sí mismos situaciones de incompatibilidad con la salud de las personas.
Los factores relacionales son los que se establecen entre las personas y los grupos que intervienen en la actividad laboral. Dichas relaciones suelen estar estrechamente ligadas al tipo de gestión empresarial, por lo que deben considerarse parte integrante de las condiciones de trabajo. En la medida en que constituyan situaciones de inequidad o formas de discriminación atentan contra la salud y el bienestar de las personas y constituyen factores de riesgo; pero pueden actuar también, como condicionantes de otras situaciones de riesgo o intervenir junto a factores organizativos en la conformación de situaciones de estrés.

3. La prevención de riesgos laborales tiene como objetivo evitar que las condiciones de trabajo ocasionen daños a la salud de los trabajadores

En la medida en que determinadas condiciones de trabajo ponen en peligro la salud de las personas, decimos que quienes trabajan en tales condiciones están expuestos a riesgos, es decir, a la posibilidad de sufrir daños a corto o a largo plazo. El objetivo de la prevención de riesgos laborales es evitar que esto suceda, es decir, conseguir que el trabajo no dañe la salud de los trabajadores entendiendo por tal no sólo la ausencia de lesiones o enfermedades sino el bienestar físico, mental y social de las personas.
Tanto por razones de eficacia (actuar sobre las causas del riesgo) como por motivos de legitimidad ética (protección del derecho a la salud), el objetivo de la intervención preventiva debe orientarse a lograr un trabajo seguro y saludable.
(Ley Nº 24.557 no sólo estipula el fomento de la prevención como objetivo, sino que, además, adopta herramientas adecuadas para hacer posible su cumplimiento, previéndose -entre ellas- la obligación de desarrollar planes de mejoramiento y de vigilar continuamente las condiciones y medio ambiente de trabajo, como asimismo la de monitorear el estado de salud de los trabajadores, derivado de la exposición a riesgos laborales, a través de la realización de exámenes médicos.)
Los comportamientos de los trabajadores en su interacción con los procesos tecnológicos peligrosos pueden materializar o incrementar el riesgo. Sin embargo, dichos comportamientos no suelen ser independientes de los procesos organizativos y relacionales que se establecen en el ámbito laboral. Por todo ello, las propuestas de modificación de los comportamientos de los trabajadores deberían ser subsidiarias a intervenciones sobre las condiciones de trabajo peligrosas y, en cualquier caso, tener en cuenta los factores condicionantes de aquéllos.

4. La intervención preventiva sobre las condiciones de trabajo debe integrarse en los procesos de gestión de la empresa

Las condiciones de trabajo son un output de procesos de decisión empresarial basados en determinados valores, criterios o normas. Parece lógico, por tanto, que la forma de conseguir que aquéllas no dañen la salud de las personas sea incorporando la prevención como uno de los elementos fundamentales en el input de dichas decisiones.
La incorporación de criterios preventivos en los procedimientos de gestión empresarial puede ser la resultante de diversos procesos de motivación y de distintos factores -internos a la empresa o de su entorno- bien de tipo ético-cultural, de carácter técnico-informativo o de asesoramiento e, incluso, de presión social, tanto institucional como sindical o comercial.
En todo caso, las decisiones sobre prevención de riesgos forman parte de la gestión. La introducción de criterios y valores preventivos en los procesos de gestión de la propia empresa es una garantía de que las decisiones que se tomen no afectarán negativamente a la salud de los trabajadores.

5. La integración de la prevención en el proceso de gestión requiere personas con capacidad de activar, impulsar y promover cambios

La prevención necesita líderes y no sólo buenos gestores. En la medida en que la prevención implica cambios y que éstos afectan no sólo a los sistemas tecnológicos sino también al sistema humano, se requieren elementos de motivación además de gestión y control. Se necesita "motivar preventivamente" a todos aquellos (empresarios, directivos, mandos, delegados, trabajadores) con capacidad para tomar o condicionar cualquier decisión en la gestión de la actividad productiva que pueda repercutir sobre las condiciones de trabajo (Decreto Nº 351/79. Recibirán capacitación en materia de Higiene y Seguridad y en Medicina del Trabajo, todos los sectores del establecimiento en sus distintos niveles:
1. Nivel superior (Dirección, Gerencias y Jefaturas).
2. Nivel intermedio (Supervisión de Líneas y Encargados).
3. Nivel operativo (Trabajadores de Producción y Administrativos).

El sistema humano es un factor clave en la acción preventiva. Un sistema humano necesita una "cultura" que le dé cohesión. La cultura preventiva implica dejar de considerar la prevención como algo de lo que ocuparse cuando haya tiempo, pasando a establecer la seguridad y la salud de los trabajadores como uno de los valores claves para la organización.
Sin embargo, el liderazgo de la dirección no es suficiente. La propia dirección debe potenciar el liderazgo de todas las personas que estén dispuestas a impulsar los valores de seguridad y salud dentro de la organización y aquí es donde los mandos intermedios juegan un papel fundamental.

Bibliografía: III Foro ISTAS de Salud Laboral. Hacer lo que hay que hacer y hacerlo bien.
Palma de Mallorca.

domingo, 4 de octubre de 2009

4 de OCTUBRE - DIA de la MEDICINA del TRABAJO

El 4 de Octubre de 1633 nació Bernardino Ramazzini, considerado el padre de la Medicina del Trabajo.
La relación de patologías de las personas con el trabajo realizado, fueron puestas de manifiesto por este ícono de nuestra Especialidad.

Es así que se celebra desde el año 2001 de acuerdo a lo establecido en el VII Congreso Latinoamericano de Salud Ocupacional realizado en Puerto Vallarta, México, habiendo sido encausado por la Sociedad de Medicina del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires allá por el año 1985 y adoptando de igual manera la Federación Argentina de Medicina del Trabajo de la República Argentina en el año 1988 la decisión de festejar esta fecha el Día de la Medicina del Trabajo.

A todos los colegas, les deseamos un muy FELIZ DIA!!!
Un saludo afectuoso.